jueves, 21 de octubre de 2010

El canon es un abuso y no cumple la directiva europea


La sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión considera que la tasa sólo puede aplicarse a los particulares, pero no a personas jurídicas.- Empresas y administraciones quedan exentas

LAIA REVENTÓS - Barcelona - 21/10/2010

El cobro del canon digital en España, la tasa que se aplica a la compra de todos los equipos, materiales y soportes de grabación y reproducción digital para compensar los derechos de autor que los creadores dejan de percibir a causa de las copias privadas, es un "abuso" y "no cumple" la directiva comunitaria. Así lo acaba de dictaminar el Tribunal de Justicia de la Unión Europea, que ha sentenciado que el gravamen sólo puede cobrarse a los particulares, pero no a personas jurídicas, por lo que empresas y administraciones deben quedar exentas. "La aplicación del canon por [grabación de una] copia privada a los soportes de reproducción adquiridos por empresas y profesionales para fines distintos de la copia privada no es conforme con el Derecho de la Unión", reza la resolución. Tras conocer la sentencia, la ministra de Cultura, Ángeles González-Sinde, ha anunciado que buscará "una alternativa" junto a "los otros países europeos que se van a ver afectados" por el fallo judicial. Actualmente, 22 de los 27 países de la Unión Europea -todos menos Irlanda, Reino Unido, Malta, Chipre y Luxemburgo- cobran también un canon aunque difieren los productos y los porcentajes que se aplican.

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